Expedición Electrónica del Acta de Nacimiento tiene validez legal

26/07/2023

La Dirección General del Registro del Estado Civil recuerda que la expedición por la vía electrónica del Certificado del Acta de Nacimiento tiene sustento y base legal, por lo que es válido el documento para los trámites pertinentes que hubiere en el ámbito privado, judicial y administrativo, o para su identificación propia.

Esto se sustenta en la vigencia de la Ley 6822/21 de los “Servicios de Confianza para las Transacciones Electrónicas, del Documento Electrónico y los Documentos Transmisibles Electrónicos”.

En el artículo 62 de la normativa, se refiere sobre los efectos jurídicos y admisibilidad de los documentos electrónicos, que en su num. 2 “No se negará efectos jurídicos ni admisibilidad en procedimientos privados, judiciales y administrativos a un documento electrónico por el mero hecho de estar en formato electrónico”.

Inclusive, en el Art. 63 se garantiza el “Soporte del Documento Electrónico” referente a los Instrumentos Públicos será mediante la firma electrónica cualificada de acuerdo con las características exigidas en el Código Civil Paraguayo.

Asimismo, el soporte en que se hallen los datos firmados electrónicamente, “será admisible como prueba documental en procedimientos judiciales y administrativos”.