A través de la circular DGREC N°06/2020, el Director General del Registro del Estado Civil, Abg. Ariel Centurión informó a la ciudadanía que todas las gestiones a ser realizadas por terceros para la expedición de copias o certificados, tanto en la Sede Central, Coordinaciones Departamentales y Oficinas del REC en todo el país, deberán contar indefectiblemente con la autorización correspondiente. La Dirección General reitera que estos trámites son gratuitos.
En ese sentido, la Ley N°1.266/87 del Registro del Estado Civil en su art. 113 dispone que: "Serán expedidos copias o certificados a toda persona que la solicitare y tuviere interés legítimo".
El usuario puede acceder a la circular y al modelo de autorización en el siguiente link: https://registrocivil.gov.py/legislaciones/circulares/